¿Sabías del subsidio de Agua Potable? Estos son los requisitos para postular

20 Junio 2017

Este beneficio te ayudará a financiar parte de tu cuenta.

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Subsidio de Agua Potable es un beneficio que ofrece el Estado para ayudarte a financiar una parte de la cuenta del suministro.

Se descuenta en la boleta que el beneficiario recibe, debiendo éste pagar sólo la diferencia.

¿Qué es?

Es una ayuda económica entregada por el Estado, que consiste en un descuento mensual en la cuenta del agua potable del beneficiario hasta un consumo máximo de 15 metros cúbicos de agua potable y servicio de alcantarillado.

Requisitos

  • Encontrarse al día en los pagos del servicio o en convenio de pago que acredite que no existe morosidad.
  • Acreditar precariedad económica que dificulte el pago mensual de la cuenta del agua.
  • Que el grupo familiar del postulante se encuentran en el Registro Social de Hogares
  • Que el grupo familiar destine el 3% o más de sus ingresos para el pago de agua potable

En el caso de los hogares pertenecientes a Chile Solidario y Seguridades y Oportunidades, no se exige la condición de que su gasto represente un 3% o más de sus ingresos.

¿Monto del beneficio?

Es un porcentaje variable del valor de la cuenta del agua con un límite máximo de 15 metros cúbicos. El porcentaje a subsidiar depende de los grupos tarifarios de cada región y comuna, y de si el hogar está sobre o bajo el 40% de menores ingresos, según Calificación Socioeconómica.

En el caso de los hogares pertenecientes a Chile Solidario y Seguridades y Oportunidades, se subsidia el 100% de un máximo de 15 metros cúbicos mensuales.

¿Cómo se obtiene?

La postulación a este subsidio se puede realizar durante todo el año, y se debe hacer por escrito en la municipalidad que corresponda a su domicilio.

Este subsidio es otorgado y administrado integralmente por las Municipalidades de cada comuna

El beneficio se extingue por: 

  • Cambio de domicilio fuera de la comuna.
  • Cambio de domicilio dentro de la comuna que no es informado al municipio con 30 días de anticipación.
  • Renuncia voluntaria del beneficiario.
  • Acumulación de 3 cuentas sucesivas impagas.
  • Cumplimiento del plazo de 3 años por el cual se concedió el subsidio.