Empresa deberá pagar millonaria indemnización a clienta por cambio en cuotas al otorgarle un crédito

Empresa deberá pagar millonaria indemnización a clienta por cambio en cuotas al otorgarle un crédito

08 Julio 2021
De acuerdo al tribunal de alzada, la financiera cometió errores en la transparencia del proceso.
El Naveghable >
authenticated user Editor
Foto: FMDOS.cl

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia que condenó a la empresa Líder Servicios Financieros, a pagar una indemnización de $1.000.000 por concepto de daño moral a clienta que solicitó un crédito, del cual posteriormente se retractó, tras constatar que fue asignado con un número de cuotas distinto a las que había solicitado, sin recibir una respuesta o aclaración por parte de la financiara.

En fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada confirmó la resolución apelada, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, tras constatar que la empresa no respondió la solicitud de retracto ni entregó copia del contrato pactado entre las partes.

La resolución ratificada estableció que: "(…) de los documentos acompañados por ambas partes, este sentenciador ha constatado por parte del proveedor LIDER SERVICIOS FINANCIEROS, poca transparencia en la prestación del servicio y entrega del crédito, el cual debe estar escrito de manera claramente legible, en términos simples y claros, de modo que el consumidor pueda verificar de una simple lectura si los cobros o condiciones ofrecidas se ajustan a lo que ha solicitado y requerido, lo cual ajuicio de este sentenciador no se consta a simple vista"

"No basta el simple hecho de poner una huella digital para que se entienda automáticamente conocida y aprobada la operación, siendo responsable el proveedor de no ser claro y transparente en la entrega de un bien, proveyendo la información necesaria del bien o servicio ofrecido, generando una controversia que se pudo solucionar sin acudir a sede jurisdiccional con la simple modificación de la operación, especialmente tratándose de contratos de adhesión donde al consumidor muchas veces le resulta ininteligible las condiciones del contrato” añadió el documento.

El Primer Juzgado de Policía Local de Osorno ordenó, además, a la entidad crediticia –bajo apercibimiento de arresto nocturno a su representante legal por un periodo de 15 días en un recinto penitenciario– pagar una multa a beneficio fiscal de 5 UTM.