Aprueban reforma del Código de Aguas que fortalece atribuciones del MOP

18 Agosto 2017

Ahora el trámite sigue su curso en la Cámara de Diputados para su aprobación o, eventualmente, para discutirse en Comisión Mixta. 

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Sin votos en contra se aprobó en el Senado el proyecto de ley Boletín 8149-09 que modifica el Código de Aguas en materia de información, fiscalización y sanciones, reforzando las atribuciones de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas.

“El proyecto exige mayor información para saber cuánta agua tenemos en cada una de las cuencas, da herramientas para la fiscalización, de manera de estar atentos a robos de agua u otras infracciones, aumenta las multas, de manera que quien cometa una infracción le duela, y de la misma forma, da un conjunto de instrumentos para mejorar la calidad”, señaló el ministro de obras públicas, Alberto Undurraga sobre la aprobación en la cámara alta. 

“Esta reforma entrega facultades para una buena fiscalización, se establecen sanciones efectivas, reales y disuasivas para quienes infrinjan la ley y se otorga, por primera vez atribuciones y funciones a la DGA en materia de calidad de aguas, sin perjuicio que  esto es algo que veníamos realizando desde hace años, lo que se corrige con este proyecto de ley”, destacó el Director General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, Carlos Estévez,

En el actual Código de Aguas, la regla general es una sanción máxima de 20 Unidades Tributarias Móviles (UTM) aplicada por tribunales, mientras que con la modificación, las sanciones pueden aumentar hasta 100 veces, según el caso, siendo aplicadas directamente por la DGA. Las sanciones irán del primer al quinto grado, según el tipo de contravención de que se trate, con multas que fluctuarán de 10 a 50 UTM, para el primer grado; de 51 a 100 UTM, para el segundo grado; serán de 101 a 500 UTM para el tercer grado; de 501 a 1.000 UTM en el cuarto grado y de 1.001 a 2.000 UTM en el quinto grado, para el caso de quienes falsean o duplican títulos para inscripciones fraudulentas. 

Además, estas multas contarán con tres tipos de agravantes que permitirán aumentar la sanción hasta un 50%, 75% o 100, entre las cuales están la afección de la disponibilidad para el consumo humano, cometer acciones en áreas protegidas, perjudicar gravemente el cauce o la calidad de las aguas.

Por otra parte, se le asigna a los fiscalizadores DGA la calidad de ministros de fe, el Servicio puede solicitar directamente el auxilio de la fuerza pública y aplicar sanciones a quienes impidan el ingreso a predios.

Esta iniciativa también mejora las atribuciones en información sobre el agua, ya que permitirá a la DGA recibir mediante sistemas más modernos tanto las extracciones que estén realizando los titulares de derechos de aprovechamiento, como la información de los Conservadores de Bienes Raíces respecto de las inscripciones de los derechos de agua.