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Corte de Valdivia ordena a AFP entregar fondos acumulados a ex integrante de la Armada

14 Julio 2020

La administradora de pensiones tiene 30 días para realizar la entrega del dinero.

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La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó a la AFP Hábitat la entrega de los fondos acumulados a un ex integrante de la Armada, quien pese a recibir una pensión de la rama castrense interpuso un recurso para recuperar su dinero acumulado en su cuenta de capitalización individual de la entidad.

El sujeto comenzó a cotizar en 1997 tras retirarse de la Armada presentó un recurso que logró que la segunda sala del tribunal de alzada determinará que "desde un punto de vista normativo, y de estimarse aplicable a este caso el artículo 17 transitorio del DL 3500 permite la restitución de los fondos bajo ciertas condiciones, y a título de excedentes, sin que en la resolución respectiva y por la cual no se dio lugar a la negativa de la entidad previsional de restitución de fondos se haya hecho cargo de manera precisa y pormenorizada de fundamentar su decisión".

El documento agregó que "el artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental, por lo que su actuar, con la interpretación normativa que efectúa, pugna con el imperativo constitucional, amén que dichas interpretaciones de carácter administrativa no son vinculantes para los tribunales, y además ellas obedecen a cuestiones de carácter general, que no se condicen con la situación actualmente sometida a conocimiento de esta Corte por esta vía constitucional, por lo que conforme a las reflexiones contenidas en los motivos que anteceden, carece de legitimidad sustantiva la resolución que se niega a restituir los fondos a su propietario, habida consideración que en los hechos y por haberse pensionado, la afectación original, ya no se justifica", indica el documento.

Por tanto, se resuelve que: "se ACOGE el recurso de protección interpuesto por don Javier Cardemil Ibáñez, en favor de don Antonio Marcelo Sáez Saguez, en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat S.A, disponiéndose que está ultima, restituya al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de treinta días".

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