Cada persona con discapacidad podrá ejercer su derecho a ser asistido en estas elecciones presidenciales y parlamentarias.Eva Barriga.
Titulo Exterior:
En vigencia la ley de voto asistido para personas con discapacidad
Cada persona con discapacidad podrá ejercer su derecho a ser asistido en estas elecciones presidenciales y parlamentarias.<b>Eva Barriga.</b>
El domingo 13 de diciembre, día de las elecciones presidenciales, estará vigente la Ley de Voto Asistido, la cual permite que las personas con discapacidad puedan ser asistidas al momento de votar, legislación que por primera vez será aplicada en una elección presidencial.
De acuerdo a la ley N° 20.183, que entró en vigencia el 8 de junio de 2007, que modifica la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, y fundamenta la Ley de Voto Asistido, que elimina los obstáculos para que las personas con discapacidad física, sensoriales (visuales y auditivas), e intelectual, puedan sufragar.
Según los explicó el Seremi de Planificación de Los Ríos, Pablo Agüero Ramírez, “ que el voto asistido es un derecho que debe ser exigido en todos los locales de votación del país. Y, como lo estipula la ley, permite a las personas con discapacidad ser acompañadas a su lugar de votación, a su mesa, e incluso a la cámara si es necesario. Para ello, es importante que la ciudadanía se informe y se entreguen todas las facilidades para que las personas con discapacidad, que estén inscritas puedan ejercer su derecho a voto”.
La ley garantiza a las personas con discapacidad la posibilidad de ser asistidas durante todo el proceso –incluso en la marcación del voto- por un mayor de edad de su confianza, sin importar su sexo o si está inscrito en el registro electoral. El secretario de la mesa dejará constancia del hecho, así como la identidad del sufragante y su asistente.
Para el Coordinador del Fondo Nacional de la Discapacidad (Fonadis) Región de los Ríos, Ángel Sarmiento, lo primero es generar las condiciones para que las personas en situación de discapacidad puedan ejercer en plenitud su derecho a sufragio, por lo que la Ley de “Voto Asistido” ratifica esta acción como un derecho ciudadano. Para esto, “la persona debe comunicar al presidente de mesa la necesidad de asistencia y el secretario deberá dejar constancia de este hecho, por lo tanto, es fundamental el informar la asistencia requerida, lo cual puede ser el acompañamiento hasta la mesa receptora, asistencia en el acto de votar, emplear un tiempo razonable para votar, asistencia del presidente de mesa fuera de la urna a fin de cerrar y sellar el voto y también contar con un acceso expedito en el local de votación”.
En tanto, el Seremi Aguero hizo un llamado a las personas con discapacidad para que concurran a votar este 13 de diciembre. “La discapacidad no es un impedimento para que las personas se integren a la actividad política y ejerzan sus derechos ciudadanos. Las personas con discapacidad deben dejar de ser espectadores y participar activamente del proceso democrático, manifestándose respecto del país que quieren y de la visión que más los interprete”, sentenció.
En el caso de que las personas con discapacidad no asistan con una compañía y si así lo requieren, el votante podrá solicitar en forma verbal, a través de lenguaje de señales o por escrito, la asistencia del presidente de la mesa, de lo cual también deberá quedar registro.
En cuanto a las personas no videntes, contarán con una plantilla confeccionada en mica que contiene las ranuras correspondientes a cada candidato, y además también podrán contar con la asistencia de una persona de su confianza.
En caso de dudas sobre la discapacidad del sufragante, el presidente de la mesa deberá consultar con los vocales antes de adoptar una decisión final.
Finalmente, el Seremi sostuvo que "el Gobierno tiene como desafío seguir avanzando en acciones que permitan garantizar los derechos de todos los ciudadanos. Y esta ley es un paso más que garantiza que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en los procesos democráticos, sin discriminación ni exclusión".