Se supone que cuando un Empleador no paga las cotizaciones previsionales y disulve fraudalentamente una Empresa , se le demanda laboralmente , se gana el Juicio , pasa a Cobranza Laboral y ahi muere porque el legislador no penso suficiente para preveer estas u otras arjucias de abogados chilenos para apropiarse de dineros que no corresponden.
Se supone que el Art 467 del Codigo penal , tipifica este delito y lo hace denunciable en tribunales de Garantia que , negligentemente no quieren proceder por que la causa ya esta definida en el Juzgado de Cobranza., pero que pasa si este ultimo no tiene mas capacidad de accion , Porque , esa es mi pregunta , por que no se atreven a actuar si el delito existe ?
Se supone que cuando un
Se supone que cuando un Empleador no paga las cotizaciones previsionales y disulve fraudalentamente una Empresa , se le demanda laboralmente , se gana el Juicio , pasa a Cobranza Laboral y ahi muere porque el legislador no penso suficiente para preveer estas u otras arjucias de abogados chilenos para apropiarse de dineros que no corresponden.
Se supone que el Art 467 del Codigo penal , tipifica este delito y lo hace denunciable en tribunales de Garantia que , negligentemente no quieren proceder por que la causa ya esta definida en el Juzgado de Cobranza., pero que pasa si este ultimo no tiene mas capacidad de accion , Porque , esa es mi pregunta , por que no se atreven a actuar si el delito existe ?