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agradesco que hayan personas

agradesco que hayan personas como ustedes que nos ayuden a conocer y entender las leyes chilenas, mi consulta, desde el 09 de noviembre de 2009 trabajo para una empresa la cual no ha cancelado mis cotizaciones desde Diciembre de 2009 solo declarado y hasta febrero las cotizaciones de marzo de 2010 ni siquiera estan declaradas, entonses mi empleador me indico que a contar de el 15 de Abril de 2010 ya no prestaba mas servicios a dicha empresa, ahora revise mis cotozaciones y me encontre con esto, se que por intermedio de la inspeccion me deben cancelar el mes completo ovbiamente hasta q se cancelen las cotizaciones y q el despido queda sin efecto, pero lei lo que escribiste con respecto a la indemnizacion, podrias explicarme eso refiriendote a mi caso, de ser asi esta demandadebe ser civil o en la inspeccion del trabajo?, te agradesco nuevamente. esperando tu respuesta pronta . Lorena

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